lunes, 18 de abril de 2016

Se prorroga hasta el 15 de Abril de 2.017 el Programa de Activación para el Empleo

La solicitud deberá realizarse a partir del 16 de Abril 2016 y hasta el 15 de abril de 2017, ambos inclusive.

Requisitos:
• Que hayan agotado, hace al menos seis meses, alguna de las siguientes ayudas o prestaciones: 
* El tercer derecho a la RAI 
* El programa PREPARA 
* El Programa Temporal de Protección e Inserción (PRODI) 
• No haber sido beneficiario de ningún tipo de prestación por desempleo durante los últimos 6 meses desde la solicitud de incorporación al programa. 
• Que estuvieran inscritos como demandantes de empleo el 1 de abril de 2016. Se considerará cumplido este requisito cuando la no inscripción, en dicha fecha, se deba a la realización de un trabajo por cuenta ajena inferior a 90 días. 
• Que hubieran permanecidos inscritos durante 360 días en los dieciocho meses inmediatamente anteriores.
• Que carezcan de rentas y tengan responsabilidades familiares, entendiendo por éstas tener a cargo al cónyuge o algún hijo menor de 26 años, o mayores discapacitados, que carezcan de ingresos mensuales superiores a 491,40 euros. La suma de todos los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen, incluido el solicitante, no debe superar los 491,40 euros. 
• Si desde el agotamiento de la RAI, PREPARA o PRODI, se hubieran percibido cualquier tipo de rentas mínimas, salarios sociales o ayudas análogas de asistencia social concedidas por cualquier Administración Pública, deberán haber transcurrido como mínimo 6 meses desde la finalización de las mismas. no podrán acogerse al programa las personas que tengan derecho a cualquier prestación o subsidio o que sean beneficiarias de una renta mínima, salario social o ayudas análogas. tampoco podrán acogerse las personas que nunca hayan trabajado por cuenta ajena, ni quienes hayan cesado voluntariamente en un trabajo realizado tras el agotamiento de cualquiera de las ayudas citadas en el primer punto. 

Cuantía de la Ayuda Económica de Acompañamiento:
Durante la permanencia en el Programa percibirá una ayuda económica de 426 euros mensuales, por un periodo máximo de 6 meses.

Más información.-  https://www.sepe.es y http://www.boe.es


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